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Financiamiento ilícito? ¿ahora?

Financiamiento ilícito? ¿ahora?


Viajando del aeropuerto de Camagüey al de Miami, compartí asiento con un joven cubanoestadounidense. Durante el vuelo, mi compañero de viaje me dijo que aunque ya era ciudadano americano, pasaba poco tiempo en Estados Unidos, sólo el necesario para ?hacer dinero y volver? a la isla, aseguró.

Velando por sus tierras y ganados, el joven se había convertido en una suerte de ranchero en Cuba, y de ahí su entusiasmo y reiterados viajes de vuelta. Por supuesto, no me interesó saber cómo el cubanoamericano hacía dineros en Estados Unidos, pero ?motivos obvios? el ya histórico estatismo castrocomunista en la propiedad privada me hizo preguntar: ?¿Y no teme perder su dinero invirtiéndolo en Cuba??

?En lo absoluto, no hay nada que temer?, respondió. ?Yo pongo el dinero, pero todo está a nombre de un pariente, producimos carne y leche y la vendemos al Estado y no nos metemos en política; en Cuba si usted no se mete en política, nadie se mete con usted?.

El cubanoestadounidense, que, aunque no se mete ?en política? quizás al menos lee la prensa oficial cubana, ahora estará recordando la pregunta que a bordo de un avión, allá por 2014, le hizo un desconocido: ?¿Y no teme perder su dinero invirtiéndolo en Cuba??

Resulta que el pasado junio, el Consejo de Ministros presidido por el general Raúl Castro aprobó modificaciones a la ley agraria del 20 de septiembre de 2012, concerniente al usufructo de tierras ociosas, y ahora (antes no) a las 16 prohibiciones que daban lugar a la extinción del uso privado de esos terrenos estatales baldíos, añadió lo que pareciera obvio en otro momento: ?La utilización de financiamientos ilícitos.?

¿Financiamientos ilícitos?? ¿A estas alturas?? ¿Luego de chapear tanto marabú?? se preguntará el lector.

El dinero presuntamente proveniente de robos, malversaciones, tráfico de drogas, de armas, prostitución? en fin, sospechosamente mal habido, en cualquier lugar del mundo civilizado es investigado bajo la consabida regla de inocencia hasta que no se pruebe la culpa, pero en Cuba, esas averiguaciones tienen otras connotaciones.

Allá por los años 90, no pocos cubanos fueron a la cárcel y perdieron sus propiedades acusados de enriquecimiento ilícito, según la conocida y de triste recordación ?ley maceta?.

En Puerto Padre, Ramón Pérez, un campesino, perdió su ganado por aquella ?ley?; y a Martell, un constructor, le fueron expropiados herramientas, instrumentos de trabajo, dinero y hasta bienes de su familia. Más tarde, en los años 2000, activistas políticos, de derechos humanos y periodistas opositores al régimen, engrosarían una suerte de lista negra en el Banco Central de Cuba.

De tal suerte, el general Raúl Castro promulgó en diciembre de 2013 el Decreto-Ley No. 317, ?De la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo, a la proliferación de armas y al movimiento de capitales ilícitos.?

El Banco Central de Cuba es la autoridad rectora de esa legislación, asistido por los ministerios del Interior, Exterior, Justicia y la Fiscalía General de la República.

Adscripta al Banco Central de Cuba y subordinada directamente a su Superintendente, está la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras, integrada por la Dirección de Inteligencia Financiera, la Dirección de Prevención y Enfrentamiento y las Direcciones Regionales para Occidente, Centro y Oriente de Cuba.

Hacia el exterior, el ministerio del Interior apoya a la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras a través de Interpol, y en el área doméstica, actualiza la lista que en Cuba existe sobre personas vinculadas al lavado de dinero, movimiento de capitales ilícitos u otras conductas afines a través de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR).

Todas las instituciones financieras cubanas, incluso las que proveen servicios de remesas y cambio de moneda extranjera, están sujetas al precitado Decreto-Ley No. 317, así, ?están obligadas? a conocer a sus clientes y usuarios.

La ?debida diligencia? exigida a todas las entidades financieras cubanas, conocida en la jerga bancaria como ?conozca a su cliente?, incluye la información sobre ?el verdadero dueño, controlador del negocio o el beneficiario final?.

Esto conlleva a que si usted va a realizar una transacción en efectivo y sobrepasa los 10 000 CUC o 30,000 pesos, al momento, no sólo deberá mostrar su identificación o pasaporte, sino también declarar en un documento habilitado a ese efecto, el origen de ese dinero y cuál será su destino.

Nadie en Cuba puede poseer tierras o ganados sin integrarse a una Cooperativa de Créditos y Servicios (CCS), una Cooperativa de Producción Agropecuaria (CPA) o una Unidad Básica de Producción Cooperativa (UBPC). A través de esas ?formas de producción cooperativa?, en lo político dirigidas por el Partido Comunista de Cuba (PCC) y en lo técnico-administrativo por el Ministerio de la Agricultura, es como el agricultor y el ganadero cubano hacen ?o intentan hacer? su trabajo.

El agricultor y el ganadero por sí mismos ni compran ni venden. Son las CCS, CPA y UBPC las que a través de cheques bancarios por ellos hacen operaciones financieras. Y sabido es: hoy en Cuba hay miles de hectáreas de tierras en producción gracias a dólares enviados a las familias campesinas cubanas por sus parientes en Estados Unidos.

Por derecho consuetudinario (el de la costumbre), al aportar capital esos familiares cubano-estadounidenses de forma material o moral también son dueños de lo producido en Cuba, ¿quién lo duda?

Según fuentes oficiales, de ?2008 y hasta septiembre de 2016, se han entregado un millón 917 mil hectáreas de tierras, que representan el 31% de la superficie agrícola del país?. En esos terrenos hay miles de dólares, euros, yenes? de padres, madres, hermanos, hijos, amigos?, llegados a suelo cubano, y es de dudar, por inmoral, que luego de años de venir labrando esos campos, o de tratar de hacerlos labrantíos, ahora extingan usufructos agrarios o expropien sus cosechas a un campesino por ?la utilización de financiamientos ilícitos?.

Publicado originalmente en Cubanet por Alberto Méndez Castelló

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